Autodespido en Chile: Qué Es, Causales y Cómo Hacerlo

¿Qué es el autodespido?

El autodespido —también llamado despido indirecto— es la figura del artículo 171 del Código del Trabajo que permite al trabajador poner término al contrato cuando es el empleador quien comete una falta grave (no pagar el sueldo o las cotizaciones, acoso laboral, incumplir el contrato). A diferencia de la renuncia, el autodespido sí da derecho a indemnización, porque la responsabilidad del término es del empleador.

Si enfrentas situaciones como no pago de remuneraciones, acoso laboral, o cualquier otra falta grave de probidad, puedes optar por esta vía para terminar tu contrato y reclamar las indemnizaciones que te corresponden, incluyendo compensación por no pago de cotización previsional.

 

¿Qué dice el Código del Trabajo sobre el autodespido?

El autodespido está regulado en el artículo 171 del Código del Trabajo, que en su inciso primero establece:

“Si quien incurriere en las causales de los números 1, 5 o 7 del artículo 160 fuere el empleador, el trabajador podrá poner término al contrato y recurrir al juzgado respectivo, dentro del plazo de sesenta días hábiles, contado desde la terminación, para que éste ordene el pago de las indemnizaciones…”

En simple: si la falta grave la comete el empleador, el trabajador puede autodespedirse y demandar sus indemnizaciones, aumentadas en un 50% (causal N°7) o hasta un 80% (causales N°1 y N°5).

Autodespido y despido indirecto son lo mismo

Despido indirecto es el nombre técnico que usan los tribunales y la doctrina. Autodespido es como lo llama la gente. Se refieren exactamente a la misma figura del artículo 171 del Código del Trabajo.

Se llama indirecto porque, aunque quien pone término al contrato es el trabajador, la causa la genera el empleador. La ley trata ese término como si el trabajador hubiese sido despedido, y por eso le reconoce las mismas indemnizaciones. En una demanda por despido indirecto lo que se pide es exactamente lo mismo que en una demanda por autodespido.

¿Cuándo se puede aplicar el autodespido?

El autodespido en Chile es aplicable bajo circunstancias específicas definidas en el artículo 171 del Código del Trabajo, tales como:

  • Incumplimientos contractuales significativos
  • Acoso laboral o sexual
  • Maltrato físico o emocional
  • Conductas que afecten gravemente la dignidad del trabajador

Requisitos para hacer un autodespido

  • Causa grave imputable al empleador: no pago de remuneraciones o cotizaciones, acoso laboral o sexual, o incumplimiento grave del contrato (art. 160 N°1, 5 o 7).
  • Carta de autodespido: comunicar el término por escrito al empleador y a la Inspección del Trabajo dentro de 3 días hábiles, señalando la causal y los hechos.
  • Plazo de 60 días hábiles para demandar ante el Juzgado del Trabajo desde el término.
  • Prueba del incumplimiento: el trabajador debe poder acreditar la falta del empleador.

Diferencia entre renuncia y autodespido

No son lo mismo. En la renuncia voluntaria el trabajador deja el trabajo por decisión propia y no recibe indemnización. En el autodespido el trabajador se ve forzado a terminar el contrato por culpa del empleador y sí tiene derecho a indemnización por años de servicio y aviso previo, con recargos. La diferencia clave es de quién es la responsabilidad del término.

¿Cuánto demora un juicio por autodespido?

Un juicio por autodespido se tramita por el procedimiento de aplicación general y toma, en promedio, entre 3 y 8 meses, según el tribunal. Muchos casos se resuelven antes por conciliación en la audiencia preparatoria.

Autodespido por Ley Karin

La Ley Karin incorporó al Código del Trabajo la obligación del empleador de prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Cuando el empleador incumple ese deber, ya sea porque él mismo es el agresor, porque no investiga la denuncia o porque no aplica las medidas de resguardo, el trabajador puede autodespedirse invocando el artículo 160 número 1.

En estos casos el recargo puede llegar hasta el 80% de la indemnización por años de servicio, y además puedes reclamar en paralelo las indemnizaciones que correspondan por los mismos hechos.

Lo decisivo es la prueba del procedimiento interno: la denuncia presentada, la respuesta de la empresa, los plazos que cumplió o incumplió, y las medidas de resguardo que debió adoptar y no adoptó.

Cómo comunicar el autodespido a la Inspección del Trabajo

La carta de autodespido debe llegar a dos destinatarios. Al empleador, entregada personalmente o enviada por carta certificada a su domicilio, y a la Inspección del Trabajo correspondiente, dentro de los tres días hábiles siguientes a la separación.

El envío a la Inspección puede hacerse presencialmente en la oficina que corresponda al domicilio de la empresa o a través del portal Mi DT de la Dirección del Trabajo. Guarda el comprobante: en juicio es la prueba de que cumpliste la formalidad dentro de plazo.

Ese trámite no reemplaza la demanda. La Inspección solo recibe la comunicación, no declara procedente el autodespido ni ordena pagar. Para cobrar tus indemnizaciones tienes que demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo dentro de los 60 días hábiles.

Pasos para realizar un autodespido correctamente

Para proceder con un autodespido, es fundamental seguir una metodología precisa que asegure la protección de tus derechos:

  • Redactar una carta de autodespido detallando las razones de tu decisión.
  • Enviar esta carta al empleador y a la Inspección del Trabajo dentro de un marco temporal adecuado.
  • Interponer una demanda en el tribunal laboral si es necesario, dentro de 60 días desde el autodespido, o 90 días si se realiza un reclamo previo a la Inspección del Trabajo.

Cuánto te corresponde de indemnización por autodespido

indemnizacion

Si el tribunal acoge tu autodespido, el empleador debe pagarte lo mismo que en un despido por necesidades de la empresa, más un recargo. Estos son los conceptos.

Indemnización por años de servicio. Un mes de tu última remuneración por cada año trabajado y por la fracción superior a seis meses, con tope de 11 años y una base máxima de 90 UF. Solo corresponde si llevabas al menos un año en la empresa.

Indemnización sustitutiva del aviso previo. Un mes de remuneración.

Recargo legal sobre los años de servicio. Es la sanción al empleador y depende de la causal que el tribunal dé por acreditada. Si es incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, el artículo 160 número 7, el aumento es de un 50%. Si es alguna de las causales de los números 1 o 5, como falta de probidad, acoso laboral, acoso sexual o conductas que afecten la seguridad o la salud, la indemnización podrá aumentarse hasta en un 80%.

Feriado proporcional y prestaciones adeudadas. Vacaciones no tomadas, sueldos impagos, horas extras y cualquier otra prestación pendiente.

Dos precisiones importantes. El recargo se aplica solo sobre la indemnización por años de servicio, no sobre el total del finiquito. Y en las causales de los números 1 y 5 la ley dice “hasta” un 80%, así que el porcentaje exacto lo fija el juez según la gravedad de los hechos, no es automático. Puedes estimar el monto en nuestra calculadora de finiquito seleccionando la causal de autodespido. Además, el autodespido te permite acceder a indemnizaciones similares a las de un despido justificado por la empresa, tales como:

  • Indemnización por años de servicio, que puede incrementarse considerablemente en casos de faltas graves por parte del empleador.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo.
  • Compensación por vacaciones no utilizadas y otras prestaciones pendientes.
  • Incumplimiento de Contrato por parte del empleador.

Es importante considerar que si el autodespido se basa en razones de salud, como estrés laboral, depresión o enfermedad, los procesos pueden diferir. Asimismo, si involucra fuero maternal, las leyes proporcionan protecciones adicionales muy específicas.

Preguntas Frecuentes

¿El autodespido da derecho a indemnización?

Sí. A diferencia de la renuncia, el autodespido fundado da derecho a indemnización por años de servicio y aviso previo, más los recargos legales (50% u 80% según la causal invocada contra el empleador).

Sí, el autodespido te permite acceder a tu fondo individual del seguro de cesantía (AFC), a diferencia de lo que muchos creen.

No es obligatorio para enviar la carta, pero sí muy recomendable: un autodespido mal fundado puede terminar tratado como renuncia, sin derecho a nada. Un abogado evalúa si tu caso reúne la causal y te representa en el juicio.

Si no logras acreditar la causal, el autodespido puede considerarse una renuncia y pierdes el derecho a indemnización. Por eso es clave tener pruebas sólidas antes de accionar.

Revisa cómo redactar tu carta de autodespido paso a paso.

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