Siempre, para los intervinientes en el mundo del derecho laboral, es útil tener una guía para efectos de aprender diversas temáticas en derecho laboral, por esta razón, el equipo de www.defensadeltrabajo.cl, ha creado este artículo a fin de que puedan tener acceso a esta información.
En esta oportunidad, continuando con las preguntas y respuestas, nos referiremos a temáticas relacionadas a la Jornada de Trabajo
¿Qué es la jornada de trabajo?
Es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato.
¿Cuál es el máximo de jornada ordinaria de trabajo?
El máximo es de 45 horas semanales.
¿Quiénes son las personas que pueden quedar excluidas de la limitación de jornada de 45 horas semanales?
Quedan excluidos de la limitación de jornada de trabajo, de acuerdo a lo establecido en los incisos 2º, 3º y 4º del artículo 22 del Código del Trabajo:
- Los trabajadores que presten servicios a distintos empleadores;
- Los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata;
- Los trabajadores contratados para prestar servicios en su propio hogar o en un lugar libremente elegido por ellos;
- Los agentes comisionistas y de seguros, vendedores viajantes, cobradores y demás similares que no ejerzan sus funciones en el local del establecimiento;
- Los trabajadores que se desempeñen a bordo de naves pesqueras;
- Los trabajadores contratados para que presten sus servicios preferentemente fuera del lugar o sitio de funcionamiento de la empresa, mediante la utilización de medios informáticos o de telecomunicaciones.
- Los deportistas profesionales y de los trabajadores que desempeñan actividades conexas.
¿Qué debemos entender por apoderados con facultades de administración?
Por “apoderados con facultades de administración” debe entenderse aquellos dependientes que representan al empleador y tienen, en general poder de decisión suficiente para obligar a éste con los trabajadores en los diversos aspectos inherentes a toda la relación laboral. En el fondo, debe tratarse de trabajadores que, en el ámbito organizacional de la empresa, desempeñen funciones superiores de mando e inspección y ejerzan facultades decisorias sobre políticas y procesos productivos, de comercialización, etc.
¿Cuáles son los elementos a considerar en la existencia de “fiscalización superior inmediata”?
Existe fiscalización superior inmediata cuando concurren los siguientes requisitos copulativamente:
- Crítica o enjuiciamiento de la labor desarrollada, lo que significa, en otros términos, una supervisión o control de los servicios prestados.
- Que esta supervisión o control sea efectuada por personas de mayor rango o jerarquía dentro de la empresa, o establecimiento, y
- Que la misma sea ejercida en forma contigua o cercana, requisito este que debe entenderse en el sentido de proximidad funcional entre quien supervisa o fiscaliza y quien ejecuta la labor.
¿Cuál es el descanso a que tiene derecho el trabajador después de terminada su jornada diaria de trabajo?
El trabajador tiene derecho a un descanso entre jornadas de trabajo que no puede ser inferior al número de horas de la jornada que acaba de laborar.
¿Cuáles son los límites que la ley establece para la jornada de trabajo?
Los limites de la jornada de trabajo son: un máximo de 45 horas semanales, las que no pueden distribuirse en más de 6 ni menos de 5 días, el máximo de jornada ordinaria diaria no puede exceder de 10 por día.
¿El cambio de vestuario se considera como parte de la jornada de trabajo?
Si. Según la doctrina de la Dirección del Trabajo constituye jornada de trabajo el tiempo que los trabajadores emplean en el cambio de vestuario.
¿Puede el empleador impedir el ingreso a la empresa a un trabajador que llega atrasado?
No, el empleador debe permitir el ingreso del trabajador, pero el tiempo no trabajado producto del atraso, puede ser descontado de las remuneraciones del trabajador.
¿Qué se entiende por jornada extraordinaria?
Es toda aquella jornada de trabajo que exceda el máximo semanal legal o el pactado si fuese menor.
¿Cuál es el máximo de jornada extraordinaria semanal?
El Código del Trabajo establece un límite diario de 2 horas por día, el que no debe excederse bajo ninguna circunstancia.
¿Cómo se calcula el valor de la hora extraordinaria de un trabajador remunerado con sueldo mensual?
El sueldo se divide por 30 para obtener lo ganado en 1 día, este valor se multiplica por 7 para obtener lo ganado en una semana, luego el resultado se divide por el número de horas que comprende la jornada semanal y el resultado se multiplica por 1 más el del 50 % legal u otro porcentaje si fuese pactado uno mayor.
¿Tiene derecho al pago de horas extraordinarias el trabajador remunerado a trato o por comisiones?
Sí, tiene derecho y en estos casos cuando no existe sueldo pactado, el valor de la hora extraordinaria se calcula utilizando el valor del ingreso mínimo como sueldo.
¿Cómo deben calcularse las horas extraordinarias cuando una semana abarca parte de dos meses?
La jornada extraordinaria obedece a un concepto semanal, por lo que las horas extras realizadas en la semana que abarca dos meses deberán, al final de la respectiva semana, calcularse y pagarse con las remuneraciones de ese mes.
¿El trabajador que tiene convenida una jornada bisemanal está afecto a la obligación de suscribir un pacto para trabajar horas extras?
El hecho de tener una jornada bisemanal, no altera la obligación de suscribir el pacto de horas extras, toda vez que la exigencia contenida en el artículo 32 del Código del Trabajo no hace distingo alguno.
¿Puede el sindicato suscribir el pacto de horas extraordinarias en representación de todos los trabajadores de la empresa?
La directiva del sindicato sólo puede suscribir este tipo de pactos en representación sólo de los trabajadores que ellos representan y no por el total de trabajadores de la empresa.
¿Debe el trabajador registrar en el sistema de control de asistencia el tiempo destinado a la colación?
El registro del tiempo destinado a colación no es obligatorio de ser registrado, sin embargo, el empleador puede optar por exigir que este período de tiempo sea registrado, a fin de poder controlar su adecuado cumplimiento, esta obligación se puede establecer en el respectivo contrato de trabajo o bien en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
¿Resulta obligatorio para las partes convenir un tiempo para destinarlo al descanso de colación tratándose de trabajos de proceso continuo?
Según lo preceptuado en el artículo 34 del Código del Trabajo en el caso de estar en presencia de un proceso continuo, no existe obligación de otorgar un tiempo de colación, toda vez que en estos casos el trabajador no goza de este derecho.
¿Cuáles son los trabajos de proceso continuo?
Un trabajo puede ser calificado como tal en la medida que exija la presencia permanente de todos y cada uno de los trabajadores que lo desarrollan.
¿Si el trabajador debe descansar en domingo y festivo puede laborar tales días por necesidades de la empresa?
No, ya que tales días son de descanso para el trabajador.
¿Cuánto es el tiempo que debe durar el descanso compensatorio cuando se trabaja sólo algunas horas en el día domingo o festivos?
El descanso debe ser un día completo, con prescindencia si en el festivo se laboró sólo un par de horas.
¿Cuáles son las actividades que están exceptuadas del descanso en día domingo y festivos?
Las que se señalan en el artículo 38 del Código del Trabajo que son:
a. En las faenas destinadas a reparar deterioros causados por fuerza mayor o caso fortuito, siempre que la reparación sea impostergable;
b. En las explotaciones, labores o servicios que exijan continuidad por la naturaleza de sus procesos, por razones de carácter técnico, por las necesidades que satisfacen, o para evitar notables perjuicios al interés público o de la industria;
c. En las obras o labores que por su naturaleza no puedan ejecutarse sino en estaciones o períodos determinados;
d. En los trabajos necesarios e impostergables para la buena marcha de la empresa;
e. A bordo de naves;
f. En las faenas portuarias, y
g. En los establecimientos de comercio y de servicios que atiendan directamente al público, respecto de los trabajadores que realicen dicha atención y según las modalidades del establecimiento respectivo.
Los trabajadores que se encuentran en las situaciones de los números 2 y 7 del artículo 38; ¿Qué derecho les asiste?
Estos trabajadores tienen derecho a que su descanso semanal coincida con dos domingos en el mes.
¿Qué sucede si el descanso del trabajador no ha coincidido con dos domingos al mes?
En este caso el empleador deberá conceder aquellos descansos no otorgados, o sea, operan con efecto retroactivo, sin que sea procedente que se compensen en dinero.
¿Se pierden los descansos en día domingo no otorgados por el empleador?
De acuerdo a la jurisprudencia administrativa los días de descanso en domingo no otorgados no se pierden, pudiéndose exigir su otorgamiento en forma retroactiva y, en el caso de terminar el contrato de trabajo, los descansos no otorgados deben ser compensados en dinero.
¿Qué información básica debe contener un finiquito?
a) Fecha de emisión.
b) Identificación del empleador y trabajador.
c) Causal de término.
d) Fecha de inicio y cese de la relación laboral.
e) Detalle de los haberes devengados con ocasión del término de la relación laboral.
f) Forma y oportunidad de pago de dichos haberes.
g) Nombre y firma del Ministro de Fe.
h) Fecha en que se firma el finiquito.
i) Toda cláusula relativa al finiquito que se otorgan las partes y a la renuncia de acciones o reclamos.
¿Qué requisito debe cumplirse para acceder a la indemnización por años de servicio?
Es indispensable que el contrato de trabajo hubiere estado vigente un año o más, por lo cual un trabajador con menos de 1 año de servicio no tiene derecho a la indemnización aún cuando se le despida por el artículo 161 del Código del Trabajo.
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