CONOCE LA LEY BUSTOS
Conoce una de las leyes laborales que te respalda en el trabajo. Como es la obligación de pago de cotizaciones previsionales atrasadas como requisito previo al término de la relación laboral por parte del empleador.
Era septiembre de 1999, cuando se publicó la Ley N.º 19.631, también llamada “Ley Bustos”, con la cual se obliga a los empleadores a dejar pagadas todas las cotizaciones correspondientes al trabajador antes de despedirlo. La Ley 19.631 conocida como Ley Bustos, te obliga como empleador a pagar las cotizaciones previsionales adeudadas al trabajador como requisito en caso de desvinculación, se aplica a todos los trabajadores sin excepción, incluidos los temporeros y trabajadores de casa particular.
”Para proceder al despido de un trabajador por alguna de las causales a que se refieren los incisos precedentes o el artículo anterior, el empleador le deberá informar por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes que lo justifiquen. Si el empleador no hubiere efectuado el integro de dichas cotizaciones previsionales al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo.
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL LEY 19631
En caso de no estar cubiertas dichas cotizaciones antes o en el día establecido para el despido, este simplemente se anula. Estos son documentos que el empleador necesita presentarle al trabajador junto con el aviso de fin del contrato para que este no caiga en nulidad.
Cotizaciones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) o del Instituto de Previsión Social.
Cotizaciones de Isapre o Fonasa.
En algunos casos, cotización de seguro de cesantía.
Todas estas planillas de salud, pensión y cesantía deben de estar comprobadamente saldadas y como ya lo mencionamos anteriormente de no cumplir con esto el empleador no podrá ejercer el término del contrato por lo cual debe de seguir dando las remuneraciones correspondientes al trabajador hasta cumplir adecuadamente con estos requisitos. Esta lleva el nombre de Nulidad del Despido y es la sanción aplicable al despido o autodespido que se haya producido existiendo cotizaciones previsionales impagas, teniendo como efecto que no se pone término a la relación laboral únicamente para efectos remuneracionales, es decir, pese a que el despido implica que el trabajador ya no debe prestar servicios, el empleador le deberá seguir pagando su remuneración íntegra, hasta que haya pagado las cotizaciones debidas,
Causales de despido en que se aplica la Ley Bustos:
- Vencimiento del plazo del contrato de trabajo.
- Conclusión o término del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
- Causales imputables al trabajador (negligencia, falta de probidad, abandono del trabajo, entre otros).
- Necesidades de la empresa o desahucio.
Es muy importante tener claro que esta ley no aplica cuando el proceso de despido es por mutuo acuerdo entre el trabajador y el empleador o cuando hay una renuncia voluntaria.
¿Cómo actuar?
En la actualidad es muy fácil, gracias a la tecnología e internet, mantenerse informado sobre el estado de las cotizaciones que el empleador debe pagar mensualmente a través de las páginas de cada institución correspondiente a su AFP, AFC (seguro de cesantía), y salud ya sea FONASA o ISAPRE.
Como nadie sabe en qué momento puede caer en una situación de despido, como esta, de una vez te decimos como debes actuar ante tal. Si te llegó la carta de despido y tus cotizaciones no fueron pagadas antes o hasta el último día del mes anterior del despido, el trabajador debe de levantar una denuncia en la Inspección del Trabajo hacía la empresa en la que labora. Para ello puedes confiar en uno abogado laboral o hacerlo por tu cuenta si tienes todos los pasos claros.
Cabe destacar que si no has sido despedido la normativa legal da la posibilidad a los trabajadores que si sus cotizaciones no están íntegramente pagadas, sin ser despedidos, invocar la causal que se detallan en el Código del Trabajo de Autodespido o despido indirecto, en la cual el trabajador pone termino a la relación laboral sin perder sus años de servicios. Y como te hemos comentado en varios artículos publicados en nuestra página, recuerda que al momento de ser despedido puedes firmar con Reserva de Derechos para que puedas tomar las acciones legales correspondientes luego de la firma de este, y poder demandar por los conceptos antes mencionados como lo son el pago de las cotizaciones y la nulidad del despido.
Si tienes dudas sobre cómo proceder o estas cursando por un despido injustificado o un despido indirecto (autodespido) puedes consultarnos, podemos brindarte asesoría, disipar tus dudas y guiarte durante el proceso de demanda, haciendo valer las leyes de trabajo.
En este orden de ideas, es muy común sentir que estamos siendo vulnerados de alguna forma y pensar que estamos siendo despedidos injustificadamente. Por lo que nuestros Abogados Laborales nos indican que tienes 60 días hábiles para interponer un reclamo ante la inspección del trabajo o demandar ante los tribunales del trabajo, preferiblemente asesorado por un Abogado Laboral de confianza, ya que, el trámite puede desembocar en una demanda laboral.
No dudes en contactarnos desde todo chile, a nuestro WhatsApp +56 9 5035 3078, donde podremos orientarte y luego agendar una reunión para resolver todas tus dudas con uno de nuestros abogados laborales mediante videollamada mediante diversas plataformas, tales como Zoom, Messenger, WhatsApp o Google Meet.
Actualmente contamos con más 4 sedes, sin perjuicio de ello, tenemos la intención de abrir una oficina por cada región del país. Estamos trabajando para estar más cerca tuyo.