Accidente Laboral

Accidente Laboral

Un Accidente Laboral y las enfermedades profesionales que es tratado de acuerdo a la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744), definido como todo detrimento o daño sufrido por un trabajador por motivo o con coyuntura del trabajo, y que le genere una incapacidad o hasta la muerte. Razón por la cual el empleador debe responder civilmente por los perjuicios que sufra algún trabajador con motivo de este. Mantenerse en condiciones favorables durante la jornada laboral es un tema muy importante. Es por ello, por lo que, como expertos en materia de Derecho Laboral, te explicaremos algunas cosas que debes tener en cuenta sobre los posibles accidentes que puedas sufrir durante tu trabajo:

Por lo que si eres víctima de un accidente o enfermedad laboral tu empleador deberá indemnizarte, pagarte una suma dinero que repare los daños.

El articulo 184 del Código del Trabajo menciona

Además de acuerdo con lo que estipula la ley 16744, el Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales protege a las siguientes personas:

  • Todas las personas que trabajen por cuenta ajena, es decir, que tengan un contrato de trabajo. Independientemente de las labores que lleven a cabo, sean manuales e intelectuales, e independientemente de la naturaleza de la empresa. Aquí también se incluyen los aprendices y las personas que trabajan en servicios domésticos.
  • Los funcionarios públicos de la Administración Civil del Estado, los funcionarios municipales y los que trabajen para instituciones descentralizadas a nivel administrativo.
  • Todos aquellos estudiantes que deban hacer trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el plantel en el que estudia.
  • Los estudiantes de establecimientos particulares o fiscales.
  • Los trabajadores familiares y los trabajadores independientes.

Cabe señalar que trabajador es toda persona, empleado u obrero que trabaje para una institución, empresa, persona o servicio.

Si sufres un accidente laboral debes:
Primero, efectuar a la mayor brevedad posible la denominada Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) ante la mutualidad a la que me encuentre afiliado o al Servicio de Salud Respectivo.

Segundo, no firmes finiquito ni ningún anexo de contrato.

Y tercero, contactar a un abogado laboral para que interponga una demanda de indemnización de perjuicios por accidente laboral en contra de la o las empresas responsables.

El accidente laboral, que es tratado conforme a la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, caso en el cual el procedimiento deba realizarse en la mutual de empleadores a la que esté afiliado el empleador o en los hospitales, postas o policlínicos en caso de que el empleador no esté afiliado a alguna mutual. Ahora bien, la calificación del accidente, esto es, si es de origen general o del trabajo le corresponde a las entidades competentes, vale decir, a las COMPIN, ISAPRES, Unidades de Licencias Médicas y Mutualidades de Empleadores y, en última instancia a la Superintendencia de Seguridad Social.

Accidente en el paseo de la empresa

Se acerca fin de año, y muchas empresas organizar actividades recreativas para sus trabajadores, si algún trabajador lamentablemente se accidentara, la ley 16.744 establece que pueden ser considerados de carácter laboral siempre y cuando se cumplan ciertos criterios.

  • Para que el accidente ocurrido se pueda considerar de carácter laboral, es necesario que este ocurra en alguna actividad organizada exclusivamente por la empresa. Por lo que, si el evento ha sido organizado por los propios trabajadores, el comité paritario o algún sindicato el accidente NO se considerará de carácter laboral. Aunque este autorizado por el empleador.
  • El consumo de bebidas alcohólicas es común en este tipo de actividades. Si un trabajador que ha bebido alcohol se accidenta, esto no le quita el carácter de laboral al incidente, nunca.
  • El seguro contra accidentes laborales sólo protege al trabajador y no a los familiares o invitados que participen en la celebración organizada por la empresa.

 

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