43 enfermedades profesionales

Las enfermedades profesionales son aquellas que se producen como consecuencia directa del trabajo o de la exposición a determinados agentes de riesgo durante el desempeño de una actividad laboral. En Chile, la Ley N.º 16.744 y el Decreto Supremo N.º 109 establecen las condiciones para reconocer estas patologías y acceder a las prestaciones del seguro laboral.

Entre ellas se encuentran afecciones respiratorias, lesiones musculoesqueléticas, enfermedades de la piel, trastornos de salud mental, pérdida de audición y enfermedades causadas por agentes químicos o biológicos. Conocer cuáles son las enfermedades profesionales permite identificar posibles riesgos laborales y saber cuándo corresponde solicitar una evaluación médica.

Una precisión sobre el listado: aunque algunas búsquedas hablan de 43 enfermedades profesionales, la normativa chilena no establece una lista oficial cerrada con ese número. El artículo 19 del D.S. N.º 109 contempla 20 categorías principales que incluyen distintas enfermedades y manifestaciones clínicas. Además, pueden reconocerse otras patologías cuando se acredita su origen laboral.

Qué son las enfermedades profesionales

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley N.º 16.744, una enfermedad profesional es aquella causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realiza una persona y que le produce incapacidad o muerte.

Esto significa que no basta con presentar un diagnóstico médico para que una patología sea considerada de origen laboral. Es necesario evaluar las funciones desempeñadas, los agentes de riesgo presentes en el entorno de trabajo y la relación causal entre la actividad laboral y la enfermedad.

Por ejemplo, un trabajador expuesto durante años a niveles elevados de ruido podría desarrollar una pérdida auditiva relacionada con su actividad. De igual manera, una persona que realiza movimientos repetitivos durante su jornada puede presentar lesiones musculoesqueléticas asociadas a esas condiciones de trabajo.

Cuáles son las enfermedades profesionales en Chile

El artículo 19 del Decreto Supremo N.º 109 contempla diferentes grupos de enfermedades profesionales y los relaciona con los agentes de riesgo y actividades laborales que pueden provocarlas.

A continuación se presentan las categorías reconocidas en ese reglamento, con ejemplos de las patologías que incluyen:

01 Intoxicaciones por agentes químicos

Se producen por la exposición laboral a sustancias químicas que pueden afectar distintos órganos y sistemas del cuerpo. Entre los agentes de riesgo se encuentran metales, solventes, pesticidas y otros compuestos industriales.

02 Dermatosis profesionales

Son enfermedades de la piel causadas por la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos en el trabajo. Pueden manifestarse como dermatitis de contacto irritativa o alérgica, entre otras afecciones dermatológicas.

03 Cánceres y lesiones precancerosas de la piel

Son patologías relacionadas con la exposición ocupacional a determinados agentes físicos y químicos, como algunas radiaciones y sustancias presentes en procesos industriales.

04 Neumoconiosis

Son enfermedades pulmonares provocadas por la inhalación y acumulación de determinados polvos en los pulmones. El reglamento incluye:

  • Silicosis, asociada a la inhalación de sílice.
  • Asbestosis, relacionada con la exposición al asbesto.
  • Talcosis, provocada por la inhalación de talco.
  • Beriliosis, asociada al berilio.
  • Neumoconiosis del carbón.
  • Bisinosis, relacionada con el algodón y el lino.
  • Canabiosis, asociada al cáñamo.

05 Enfermedades pulmonares de origen químico

Comprenden bronquitis, neumonitis, enfisema y fibrosis pulmonar causados por la exposición a agentes químicos presentes en el entorno laboral.

06 Asma bronquial de origen profesional

Puede desarrollarse o agravarse por la exposición a sustancias químicas y agentes biológicos durante el trabajo. Algunos ambientes industriales y actividades con exposición a polvo, vapores o sustancias irritantes pueden representar un riesgo.

07 Cáncer pulmonar y de las vías respiratorias

Se relaciona con la exposición laboral a determinados agentes químicos y físicos, incluido el asbesto y otras sustancias de riesgo reconocidas por la normativa.

08 Cáncer y tumores de las vías urinarias

El reglamento contempla estas patologías en relación con la exposición ocupacional a aminas aromáticas y otros agentes específicos vinculados a determinados procesos productivos.

09 Enfermedades hematológicas de origen profesional

Incluyen leucemia, aplasia medular y otros trastornos de la sangre relacionados con la exposición laboral a determinados agentes químicos y físicos.

10 Lesiones del sistema nervioso central y periférico

Son alteraciones neurológicas relacionadas con la exposición a agentes químicos, físicos o biológicos. La normativa contempla encefalitis, mielitis, neuritis y polineuritis, entre otras manifestaciones.

11 Lesiones de los órganos de los sentidos

Comprenden afecciones que afectan los órganos de los sentidos como consecuencia de la exposición laboral a determinados agentes químicos y físicos.

12 Lesiones de los órganos del movimiento

Incluyen patologías que afectan huesos, articulaciones y músculos. El reglamento menciona, entre otras:

  • Artrosis secundaria de rodilla.
  • Artritis y sinovitis.
  • Tendinitis.
  • Miositis.
  • Celulitis.
  • Trastornos de la circulación y sensibilidad.

Estas afecciones pueden relacionarse con movimientos repetitivos, vibraciones, fricción, compresión y otros agentes de riesgo presentes en determinadas labores.

13 Neurosis profesionales incapacitantes

Corresponden a trastornos de salud mental que pueden adoptar distintas manifestaciones clínicas cuando se acredita una relación directa con las condiciones de trabajo. El reglamento menciona:

  • Trastorno de adaptación.
  • Trastorno de ansiedad.
  • Depresión reactiva.
  • Trastorno por somatización.
  • Trastorno por dolor crónico.

14 Laringitis con disfonía y nódulos laríngeos

Son alteraciones de la voz que pueden relacionarse con el uso intensivo o inadecuado de la voz durante la jornada laboral, siempre que se acredite la relación causal con el trabajo.

15 Enfermedades infecciosas y parasitarias

Se producen por la exposición laboral a agentes biológicos. El listado del reglamento contempla:

  • Anquilostomiasis.
  • Carbunco cutáneo.
  • Brucelosis.
  • Tuberculosis bovina y aviaria.
  • Rabia.
  • Tétano.
  • Leptospirosis.
  • Infección por VIH.
  • Hepatitis B y hepatitis C.
  • Infección por hantavirus.
  • Fiebre Q.

16 Enfermedades generalizadas por agentes biológicos

Incluyen afecciones producidas por mordeduras o picaduras de insectos y arácnidos ponzoñosos durante el desempeño de actividades laborales. La normativa menciona abejas, arañas y escorpiones.

17 Paradenciopatías

Son enfermedades que afectan los tejidos que sostienen los dientes y que pueden tener origen profesional cuando existe exposición a los agentes de riesgo contemplados en la normativa.

18 Mesotelioma pleural y peritoneal

Son tipos de cáncer asociados principalmente a la exposición al asbesto, material que puede encontrarse en determinados entornos industriales y de construcción.

19 Angiosarcoma hepático

Es un tipo poco frecuente de cáncer que el reglamento relaciona con la exposición ocupacional al cloruro de vinilo, utilizado en determinados procesos industriales.

20 Enfermedades por exposición a altura geográfica y descompresión

Comprenden enfermedades producidas por exposición aguda o crónica a la altura geográfica y por descompresión inadecuada, situaciones que pueden presentarse en determinadas actividades mineras, de buceo y otras labores específicas.

Importante: esta clasificación resume las categorías del artículo 19 del D.S. N.º 109. No significa que todas las personas que presenten alguno de estos diagnósticos tengan automáticamente una enfermedad profesional. El origen laboral debe evaluarse y calificarse conforme a los antecedentes médicos y ocupacionales.

Cuáles son las enfermedades profesionales más comunes

Aunque la normativa contempla distintas categorías, algunas enfermedades tienen especial relevancia en el ámbito laboral por su relación con tareas repetitivas, exposición a agentes físicos y químicos o condiciones de trabajo que pueden afectar la salud.

Entre las patologías que suelen motivar evaluaciones de origen profesional se encuentran:

  • Tendinitis: puede relacionarse con movimientos repetitivos y sobrecarga de determinadas estructuras musculares y tendinosas.
  • Hipoacusia laboral: pérdida de audición asociada a la exposición prolongada a niveles elevados de ruido.
  • Dermatitis de contacto: afección de la piel vinculada a la exposición a sustancias irritantes o alérgenos.
  • Silicosis: enfermedad pulmonar relacionada con la inhalación de polvo de sílice.
  • Asma ocupacional: alteración respiratoria asociada a la exposición a agentes presentes en el lugar de trabajo.
  • Trastornos de salud mental: pueden relacionarse con factores de riesgo psicosocial cuando se acredita su origen laboral.
  • Disfonía profesional: alteración de la voz asociada a exigencias vocales propias de determinadas ocupaciones.

La frecuencia de estas enfermedades puede variar según el sector productivo, las condiciones de trabajo y los agentes de riesgo a los que se encuentran expuestos los trabajadores.

Cómo se reconoce una enfermedad profesional en Chile

Para que una enfermedad sea reconocida como profesional debe realizarse un proceso de evaluación que permita determinar si existe una relación directa entre la patología y el trabajo desempeñado.

El procedimiento considera antecedentes médicos y laborales, además de las condiciones en que la persona realiza o realizó sus funciones.

1. Presentación de la denuncia

El trabajador, el empleador o las personas habilitadas pueden informar la sospecha de una enfermedad profesional mediante la Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP).

2. Evaluación médica

El organismo administrador del seguro laboral realiza las evaluaciones médicas necesarias para conocer el diagnóstico, los síntomas y los antecedentes de salud del trabajador.

3. Estudio de las condiciones laborales

Se pueden revisar las funciones realizadas, la exposición a agentes de riesgo, los tiempos de exposición y las condiciones del puesto de trabajo.

4. Calificación del origen

Con los antecedentes reunidos, se determina si la enfermedad tiene origen laboral o común. Esta decisión debe quedar respaldada mediante una resolución de calificación.

Según las instrucciones de la SUSESO, el proceso de calificación debe concluir dentro de un plazo máximo general de 30 días corridos desde la presentación de la DIEP, salvo las excepciones contempladas en la normativa.

Qué derechos tiene un trabajador con una enfermedad profesional

Cuando una enfermedad es calificada como profesional, el trabajador puede acceder a las prestaciones contempladas en la Ley N.º 16.744, según las condiciones y requisitos correspondientes.

  • Atención médica: consultas, tratamientos, medicamentos, rehabilitación y otras prestaciones necesarias para la recuperación.
  • Subsidio por incapacidad laboral: cuando la enfermedad impide temporalmente desempeñar las funciones habituales y se cumplen los requisitos legales.
  • Indemnización por incapacidad permanente: en los casos en que exista una pérdida de capacidad de ganancia dentro de los rangos establecidos por la ley.
  • Pensión por invalidez: cuando el grado de incapacidad permanente cumple los requisitos legales para acceder a ella.
  • Medidas de protección laboral: cuando corresponda, puede instruirse el traslado del trabajador a funciones donde no esté expuesto al agente que causó la enfermedad.

Estas prestaciones forman parte del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. La existencia de una enfermedad profesional no significa, por sí sola, que exista responsabilidad civil del empleador; esa cuestión requiere un análisis jurídico independiente.

Cómo denunciar una enfermedad profesional

Si sospechas que una enfermedad está relacionada con tus funciones laborales, puedes solicitar una evaluación ante el organismo administrador del seguro al que se encuentra afiliada tu empresa.

Para iniciar el proceso, es útil reunir antecedentes como:

  • Descripción de las funciones y tareas que realizas.
  • Tiempo que llevas expuesto a los posibles agentes de riesgo.
  • Informes médicos y exámenes relacionados con la enfermedad.
  • Antecedentes de exposición a sustancias, ruido, vibraciones o movimientos repetitivos.
  • Información sobre las condiciones del puesto de trabajo.

La denuncia permite iniciar el procedimiento de evaluación, pero será el organismo administrador quien determine si corresponde calificar la enfermedad como laboral o común.

¿Tu enfermedad podría tener origen laboral?

Si una enfermedad afecta tu salud y sospechas que está relacionada con tus condiciones de trabajo, puedes solicitar orientación sobre tus derechos y las alternativas legales disponibles.

Consultar con Defensa del Trabajo

Preguntas frecuentes sobre enfermedades profesionales

¿Cuáles son las 43 enfermedades profesionales reconocidas en Chile?

La normativa chilena no establece una lista oficial cerrada de 43 enfermedades. El artículo 19 del D.S. N.º 109 contempla 20 categorías principales que incluyen diferentes patologías, como silicosis, asbestosis, tendinitis, dermatitis profesionales, hipoacusia y trastornos de salud mental. También pueden reconocerse enfermedades no incluidas expresamente cuando se acredita su origen laboral.

¿La tendinitis puede ser considerada una enfermedad profesional?

Sí. La tendinitis está contemplada dentro de las lesiones de los órganos del movimiento. Su reconocimiento depende de que se acredite la relación causal entre la patología y los agentes de riesgo presentes en el trabajo.

¿La depresión puede ser una enfermedad profesional?

Puede ser reconocida como una enfermedad de origen laboral cuando se acredita una relación causal con factores de riesgo presentes en el trabajo. La evaluación debe considerar los antecedentes médicos y las condiciones laborales.

¿Qué ocurre si mi enfermedad no aparece en el listado del Decreto Supremo 109?

El artículo 7 de la Ley N.º 16.744 permite acreditar el carácter profesional de una enfermedad que no esté expresamente incluida en el reglamento, siempre que se demuestre que fue contraída como consecuencia directa de la profesión o del trabajo realizado.

¿Quién determina si una enfermedad es profesional?

La calificación corresponde al organismo administrador del seguro de la Ley N.º 16.744, como una mutualidad o el Instituto de Seguridad Laboral, según corresponda. La evaluación considera antecedentes médicos y laborales para determinar el origen de la enfermedad.

¿Puedo demandar a mi empleador por una enfermedad profesional?

En determinadas circunstancias es posible ejercer acciones legales contra el empleador cuando la enfermedad se relaciona con incumplimientos de sus obligaciones de seguridad y protección. Para evaluar una eventual indemnización deben analizarse la responsabilidad, los daños y la relación causal entre ambos.

Asesoría legal por enfermedades profesionales

Una enfermedad relacionada con el trabajo puede tener consecuencias importantes para la salud, la capacidad laboral y la estabilidad económica de una persona. Por eso, es fundamental conocer los mecanismos de reconocimiento y las prestaciones que contempla la legislación chilena.

Si consideras que tu enfermedad se produjo por las condiciones en que desempeñas tus funciones, puedes solicitar orientación para conocer tus derechos y evaluar si existen antecedentes para ejercer acciones legales.

En Defensa del Trabajo puedes recibir asesoría sobre situaciones relacionadas con enfermedades profesionales y eventuales incumplimientos de las obligaciones del empleador.

Contactar con un abogado para revisar tu situación.

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Ricardo Donoso - Abogado Laboral

Destacado Abogado Experto en Derecho Laboral con mas de 15 años de experiencia.

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