De la discusión del descanso dominical a las 41 horas: ¿Cómo ha sido la historia de la regulación de la jornada laboral en Chile?

La regulación del tiempo de trabajo no es una discusión reciente. Tampoco se trata de un tópico que sea fácil de resolver. Un debate comprensivo y bien dirigido sobre la reducción de la jornada de trabajo debiera al menos dar cuenta de tres dimensiones que comprende el problema, subraya Juan Carlos Yáñez Andrade, doctor en Historia, académico de la Universidad de Valparaíso, y Director alterno del Centro de Investigación en Innovación, Desarrollo Económico y Políticas Sociales de la Universidad de Valparaíso.

El investigador, próximo a publicar el libro El tiempo domesticado. Trabajo, cultura y tiempo libre en la configuración de las identidades laborales, 1900-1950 (Valparaíso, 2019), destaca que primero se debe considerar la discusión propiamente tal sobre la duración de la jornada de trabajo, luego, cómo organizar ese tiempo trabajado (es decir los aspectos de flexibilidad) y, por último, qué hacer con el tiempo disponible luego de la jornada laboral.

El hecho de que la discusión sobre la jornada laboral sea un tema relevante y haya ocupado la agenda pública de las últimas semanas, “muestra que los consensos que se construyen en el mundo del trabajo son difíciles de lograr y se reformulan cada cierto tiempo”, resalta Yáñez.

Descanso dominical

Una discusión, que en términos más formales, partió con el proyecto que regulaba la  jornada de trabajo y el descanso dominical, en 1901. Ese año, el diputado Malaquías Concha presentó al Congreso un proyecto que buscaba, dice Yáñez, prohibir emplear a niños menores de 12 años en manufacturas, fábricas, minas, canteras y otros trabajos peligrosos. En los mayores de 12 años y menores de 16, las condiciones para trabajar eran que su jornada no durara más de 8 horas, no trabajar de noche, ni los domingos y festivos.

La iniciativa consideraba además, una jornada laboral de 10 horas, el pago semanal de moneda de curso y el descanso dominical. Tal como indica Yáñez, en uno de sus trabajo, en el artículo 15 del proyecto de Concha se destacaba que “el día domingo está destinado al descanso, y sólo sería permitido trabajar en él en aquellas industrias que por su naturaleza exigen una explotación no interrumpida. Con todo, un domingo por medio quedará libre para el obrero para su descanso”.

Sin embargo, en 1904 el proyecto fue rechazado. En 1907, se reinicia la discusión, pero no sin controversia. Quienes se oponían señalaban que los obreros ya descansaban lo suficiente. La razón, era por lo que se conocía como “San Lunes”, la costumbre extendida de faltar el día lunes a las labores. La aprobación del proyecto de ley implicaría entonces “incentivar el ocio y los vicios”.

Para aprobar el proyecto, el diputado Malaquías Concha, destacó que en ese momento no existía ni un solo país civilizado que no haya establecido el descanso dominical. “No como una cuestión religiosa, no como una cuestión de santificar el día domingo, sino como una cuestión meramente fisiológica: la necesidad de dar al organismo humano el descanso indispensable para reparar las fuerzas físicas a fin de que pueda ejercitar las funciones que le corresponde, ya sea en el seno de la familia o en el seno de la sociedad”, sostenía.

Finalmente el proyecto se aprobó. Fue la ley 1.900 conocida como de “Descanso Dominical”. Una petición que se aceptó, pero con ciertos requisitos. Era obligatorio e irrenunciable sólo para los menores de 16 años y para las mujeres. Un beneficio que se daba además sólo a aquellos trabajadores que no hubiesen faltado ni un solo día hábil de la semana.

Posteriormente, distintas disposiciones legales buscaron mejorar las condiciones laborales. Entre ellas, destacan la Ley de Protección a la Infancia Desvalida de 1912, la Ley de la Silla de 1914, y la Ley de Sala Cuna de 1917, que tenían como fin avanzar en la protección de niños y mujeres trabajadoras, regulando la jornada de trabajo.

En 1924 se legisla para establecer la la jornada de 8 horas diarias y 48 horas semanales. Como excepción se estableció la negociación entre trabajadores y empresarios con el fin de establecer el descanso del medio día del sábado, con lo cual se podía extender la jornada. “Pese a lo anterior, la jornada de trabajo no podía exceder las 10 hora interrumpidas por un descanso no menor de 10 horas entre una y otra jornada. En cuanto a la prohibición del trabajo de menores, se estableció la edad mínima de 18 años para ofrecer libremente la prestación de sus servicios”, indica Yáñez.

La Ley de descanso dominical y la de 8 horas diarias y 48 horas semanales, supusieron negociaciones entre trabajadores y empresarios -bajo la mirada atenta de los funcionarios del Estado- que garantizaron derechos laborales, señala el académico, “pero a cambio de que los trabajadores abandonasen prácticas tradicionales de resistencia como el ausentismo laboral (el “San Lunes”) y los tiempos muertos“.

Al año siguiente visita Chile el director de la Organización Internacional del Trabajo, Albert Thomas, y se ratifican las Convenciones Internacionales del Trabajo. Se reconocieron así, la jornada laboral de 8 horas diarias y 48 horas semanales, la edad mínima de 14 años para trabajos industriales, la prohibición del trabajo nocturno de niños y mujeres, así como el derecho de asociación de los trabajadores, incluidos los trabajadores agrícolas.

De manera complementaria durante los años 1930 y 1940 instituciones como el Departamento de Extensión Cultural del Ministerio del Trabajo y la Institución de Defensa de la Raza, indica, “ofrecieron a los trabajadores programas de uso del tiempo libre que incluían bibliotecas ambulantes, charlas, visitas a parques, actividades deportivas, bares lácteos, entre otros, los que buscaban ofrecer desde el Estado una respuesta a qué hacer con el tiempo libre luego de la jornada de trabajo y de paso enfrentar problemas como el alcoholismo y las enfermedades degenerativas que afectaban a la población de escasos recursos”.

Que el turismo de masas se haya desarrollado en Chile a partir de la década de 1930, señala el historiador, posibilitando que un creciente número de trabajadores y sus familias recorrieran el país, es prueba de los efectos positivos que tuvo el consenso construido en torno a la jornada de 48 horas semanales y las vacaciones de dos semanas que reconoció el Código Laboral de 1931. “Dicho consenso no fue afectado por la discusión que se dio en la década de 1940 sobre el establecimiento de la jornada continua, ley que garantizó 30 minutos de almuerzo a cargo del empleador”, agrega.

No está de más recordar, agrega, que el año 2005 se produjo la última reducción de la jornada, la que estableció 45 horas semanales. “Estos debates no son nuevos y se remontan al menos hasta comienzos del siglo XX, en el marco del surgimiento del movimiento obrero, las primeras huelgas y un Estado social que se legitima en torno a la regulación de las relaciones laborales”, sostiene Yáñez.

Si este debate de larga data sobre la jornada de trabajo y el uso del tiempo libre no se reactivó en nuestro país sino hasta hace muy poco, dice Yáñez, no es demostración de que no se observaran ciertos descontentos o desajustes en compatibilizar el trabajo y el uso del tiempo libre. “Un caso emblemático fue la implementación del Transantiago el año 2007. No es menor que la evaluación que los usuarios hacían -y hacen- de esta política pública, apunte a los costos que tienen en trasladarse a sus trabajos y hogares, ocupando en promedio cuatro horas de sus vidas todos los días”.

Por el contrario, dice, existe más bien una falta de registros sobre los problemas en esa área. “Y que se han venido incubando en torno a la sensación de que se trabaja demasiado en Chile -sumado a los bajos salarios- es prueba de la miopía de nuestra clase política que no ha ofrecido un debate desapasionado y correctamente fundado que ofrezca salidas razonadas y posibles a cuánto se debe trabajar y qué se debe hacer con el tiempo libre”, detalla.

Fuente: La Tercera

De esta forma, todavía se está a tiempo para ofrecer un debate en torno a la reducción de la jornada de trabajo que discuta seriamente sobre cuántas horas se deben trabajar, cómo esas horas se debieran distribuir durante la semana y, quizás, lo más importante, detalla, “qué hacer con las horas disponibles luego de la jornada -recreación, capacitación, etc.- que mejore la calidad de vida de los trabajadores y sus familias”.


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