Un trabajador puede ser despedido, incluso cuando no haya incurrido en ninguna falta evidente, muchas veces bajo la excusa de falta de recursos de la empresa, o simplemente por conflictos personales con su supervisor o jefe directo.

El despido laboral del trabajador puede darse por distintas causales. El Código del Trabajo vigente contempla en su artículo 159, numerales 4, 5 y 6, las siguientes: vencimiento del contrato de trabajo; término de la tarea o servicio que inició la relación laboral, y caso fortuito o fuerza mayor.

“El artículo 160, describe claramente las causales imputables al trabajador, como conductas indebidas o inmorales, injurias hacia el empleador, faltas a su jornada laboral sin justificación durante dos días continuos en un mes o dos días lunes del mismo mes, abandono de su puesto de trabajo o incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Finalmente, en el artículo 161, indica como causales de despido: necesidades de la empresa, desahucio”, explica el abogado laboral Ricardo Donoso, abogado experto en derecho laboral, parte del equipo de defensadeltrabajo.cl

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Donoso explica que si el despido se genera por alguna de las expuestas en los artículos 159 y 160 del Código de trabajo, entonces la persona pierde el derecho a recibir indemnización. Lo ideal es que el empleador haga llegar al trabajador una carta justificando por qué se procedió con separarlo de la empresa. “Las causales referidas en el artículo 161, obligan al empleador a pagar al trabajador todas las indemnizaciones establecidas legalmente, según corresponda”, subraya el abogado.

Despido injustificado

Se trata de un despido sin causa justa. Es cuando el trabajador es despedido sin causal legal y puede ser reclamado ante la Inspección del Trabajo o incluso a instancias judiciales. “El término de la relación laboral siempre ha sido un tema de análisis para nosotros los abogados laborales, toda vez que podríamos estar en presencia de un despido injustificado, lo que implica mayoritariamente la realización de un juicio laboral. Existen vías establecidas para que la persona pueda hacer valer tus derechos y años de servicio en la empresa”, enfatiza.

Donoso comenta que el trabajador tiene derecho a considerar que la causal aplicada por la compañía, y que no le da derecho a indemnizaciones, no esté justificada. Esto puede ser sea producto de una represalia o venganza o simplemente porque no tiene la suficiente gravedad para poner fin al contrato de trabajo. En este caso se deberá demandar a través de un Abogado Laboral el despido injustificado.

“Es importante que el abogado al que se recurra esté altamente capacitado para otorgarle una adecuada solución, representándolo ya sea en instancias judiciales o extrajudiciales, velando siempre por la protección de sus intereses”, comenta el experto.

Será responsabilidad del empleador acreditar los hechos en que sostiene la causal invocada para la terminación del contrato de trabajo. “Es siempre el empleador el que debe convencer al juez que el trabajador incurrió en los hechos que configuran la causal que se ha invocado y además que tales hechos son graves y, si el empleador, no puede acreditar la causal de despido aplicada, la ley obliga a los Tribunales a sancionarlo pagando la indemnización y aumentar su monto desde un 30% (en el caso de las necesidades de la empresa), hasta un 100% si el Tribunal declara la causal como carente de motivo plausible”, finaliza el abogado.

 

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