¿Qué hacer ante un despido verbal?

¿Qué hacer ante un despido verbal?

El despido verbal es una forma ilegal de terminar el contrato de trabajo. En nuestro ordenamiento jurídico el legislador estableció una serie de formalidades para realizar un despido, siendo la mayor sanción que el empleador puede aplicar a un trabajador. Suele ocurrir que el despido sea verbal, indicándole al trabajador que ya no necesitan sus servicios, y posteriormente le envían una carta cumpliendo con las formalidades e invocando alguna causal legal, típicamente necesidades de la empresa.

En otras ocasiones se despide verbalmente, indicándole al trabajador que ya no debe volver a trabajar, esperan dos días a que el trabajador no registre asistencia y le envían una carta de despido por no concurrencia a trabajar dos días seguidos. También pueden ser despedidos verbalmente y el empleador no toma ninguna medida, p. B. Inobservancia de avisos legales, ya sea por desidia del empleado o por trabajo eventual.

¿Qué hacer si soy sido despedido en forma verbal?, ¿Qué hacer si me despiden y no entregan carta de despido?, ¿Qué hago si mi empleador me dice que estoy despedido?, ¿Cómo me respaldo ante un problema laboral?

Claudio Garcia, Abogado Laboral de Defensa del Trabajo nos señala que: «Si tu empleador te despide de forma verbal, vale decir, le indican que la empresa ya no requerirá de usted como trabajador, usted lo que debe hacer es solicitar de manera inmediata la carta de despido, puesto que, ese documento es el que acredita que te han despedido»

OJO: SIN CARTA DE DESPIDO NO SE PUEDE ACREDITAR EL DESPIDO.

Por ello, si te entregaron el “sobre azul”, debes dirigirte en forma inmediata a la Inspección del Trabajo a fin de presentar la correspondiente denuncia del despido, informando detalladamente las circunstancias en que este se produjo, con indicación de día, hora, lugar e individualización de quién le despidió, lo que debe incluir el cargo que ocupa dentro de la empresa.

Si el despido se produce después de las 14:00 horas (hora en que se encuentra cerrada la Inspección del Trabajo), te sugerimos acercarse a la Comisaría de Carabineros de Chile más cercana a fin de dejar constancia de lo ocurrido en los mismos términos señalados anteriormente. Al día siguiente, debe dirigirse a primera hora a la Inspección del Trabajo para realizar la denuncia.

Por lo tanto, en el caso de despido verbal, primero envíe el certificado correspondiente al inspector de trabajo y luego busque un abogado de derecho laboral para presentar una demanda por despido improcedente, para que todo pase sin tiempo para que vean prevenir todo. . otros violaron sus derechos.

 

Despido injustificado

Es aquel que tiene lugar cuando se dé por terminada la relación laboral sin una sin una carta de aviso de despido o en la que el trabajador considera que la causal aplicada no se condice con la realidad, debido a hechos falsos o simplemente de mentiras que no se ajustan con la verdad. Todo esto aun sea por alguna de las causales de despido establecidas en los artículos 159, 160, 161 o 163 bis del Código del Trabajo.

Por lo tanto, todo despido laboral para ser justificado debe proceder y estar fundamentado en hechos reales. Además, estar necesariamente fundado en algunas de las causales de despido o causales de terminación de contrato de trabajo detallada en el Código del Trabajo, por tanto, cualquier despido, sin causa o fundado en una causal legal distinta a la que corresponda aplicar en el caso concreto será ilegal, que dará derecho a las respectivas indemnizaciones y recargos legales determinados por un tribunal.

Que existan causales legales de despido y formalidades para ejecutarlo no es suficiente o no impide que en la práctica ocurran este tipo de despidos. Desafortunadamente, es común que las personas renuncien a sus trabajos sin motivo, o por un motivo que está estipulado en el Código de Trabajo o no corresponde a la realidad. Dado que la renuncia es una acción unilateral, está sujeta a la decisión exclusiva del empleador.

Para tener derecho a la indemnización por un despido injustificado o por término de relación laboral con la Indemnización Sustitutiva por falta de Aviso previo o mes de aviso y a la Indemnización por Años de Servicio. Además, debes considerar que este es un servicio jurídico entregado a los trabajadores, para que puedan realizar la demanda y exponer su defensa frente a un despido injustificado. Las causas son llevadas por un abogado o abogada especialista, con el objetivo de obtener el pago de las indemnizaciones por años de servicio y de aviso previo, y otras prestaciones laborales que se adeuden con ocasión del despido.

En la práctica pueden despedirte sin carta de aviso, pero no deberían hacerlo porque automáticamente tu despido será injustificado y deberán pagarte una serie de indemnizaciones y recargos legales como extrabajador. Las mismas consecuencias se producirán en el evento que la carta de aviso de despido no explique detalladamente las causales legales y los respectivos hechos fundantes.

La legislación laboral vigente, le exige al empleador comunicar por escrito al trabajador su despido, precisando y explicando con el mayor detalle la o las causales legales de la desvinculación y los hechos establecidos. La comunicación o notificación debe efectuarse personalmente o mediante el envío de carta certificada despachada al último domicilio del trabajador registrado en su contrato o anexo, dentro de un plazo no superior a 3 días hábiles.

Debes leer con atención la carta de aviso de despido, a fin de determinar los hechos en que se funda y especialmente verificar si te han ofertado pagar una suma de dinero juntamente con el finiquito.

Todo despido laboral para ser justificado, debido o procedente debe fundarse necesariamente en algunas de las causales de despido o causales de terminación de contrato de trabajo establecidas en el Código del Trabajo, por tanto, cualquier despido «incausado», sin causa o fundado en una causal legal distinta a la que corresponda aplicar en el caso concreto será ilegal, que dará derecho a las respectivas indemnizaciones y recargos legales.

Que existan causales legales de despido y formalidades para ejecutarlo no obsta o no impide que en la práctica ocurran este tipo de despidos.

No es poco frecuente que se despida sin causal o por una causal de despido distinta a la correspondiente del Código del Trabajo, pues siendo el despido un acto unilateral depende de la sola voluntad del empleador para perfeccionarse y vale legalmente de todas formas en tales casos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 168 del Código del Trabajo, el trabajador cuyo contrato termina por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161, y que considere que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente, o que no se haya invocado ninguna causal legal, puede recurrir al juzgado competente, dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la separación, a fin de que éste así lo declare. De esta forma, el legislador ha otorgado un plazo de 60 días hábiles para interponer el reclamo, plazo que se cuenta de lunes a sábado. Cuando el trabajador interpone un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo antes referido se suspende, y seguirá corriendo una vez concluido el trámite ante la señalada Inspección. Sin embargo, un empleado no puede presentar una demanda después de que hayan pasado 90 días hábiles desde la separación del empleado.