¿Qué es la Ley Bustos?

¿Qué es la Ley Bustos y cómo protege a los trabajadores?

La Ley N.º 19.631, más conocida como Ley Bustos, fue publicada en el Diario Oficial el 28 de septiembre de 1999. Esta ley obliga al empleador que desee despedir a un trabajador a pagar todas las cotizaciones previsionales adeudadas antes de concretar el despido.

 

 

Según Ricardo Donoso, CEO de Defensa del Trabajo Abogados Laborales: “Muchos trabajadores desconocen el alcance de la Ley Bustos. La nulidad del despido significa que el trabajador sigue teniendo derecho a su sueldo e imposiciones, como si aún estuviera en funciones.”

 

1. ¿Cuándo y cómo firmar el finiquito?

Para que el finiquito tenga validez, deben cumplirse los siguientes requisitos:

 

  • Debe constar por escrito.
  • Debe ser firmado por el trabajador y el empleador o su representante legal.
  • La firma debe realizarse ante un ministro de fe, como un notario público o un oficial del Registro Civil.
  • El trabajador debe estar conforme con la causal del despido y con los montos pagados.
  • El empleador debe demostrar el pago de las cotizaciones previsionales hasta el mes anterior al despido.
  • El trabajador tiene derecho a firmar el finiquito con reserva de derechos.

Importante: Si el empleador no acredita el pago de las cotizaciones previsionales al momento de la firma, el trabajador no debe firmar el finiquito.

 

2. ¿Qué pasa si el trabajador descubre después que no le pagaron las cotizaciones?

Si el trabajador firma el finiquito sin saber que su empleador no pagó sus cotizaciones previsionales, aún puede demandar por nulidad del despido. La Ley Bustos otorga un plazo de seis meses para presentar esta demanda ante los tribunales laborales.

 

 

3. ¿Cómo afecta la Ley Bustos al empleador?

Para que un despido tenga validez legal, el empleador debe acreditar el pago de cotizaciones previsionales mediante un certificado emitido por las instituciones correspondientes:

 

  • Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
  • Isapre o Fonasa.
  • Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Si el empleador no cumple con esta obligación, el despido será nulo, y la empresa deberá seguir pagando el sueldo y las prestaciones del trabajador hasta regularizar la situación.

 

4. Causales de término de contrato en las que se aplica la Ley Bustos

La sanción de nulidad del despido puede aplicarse en los siguientes casos:

 

  • Artículo 159 (N.º 4 al 6): Expiración del contrato, caso fortuito u otras causas legales.
  • Artículo 160: Despidos atribuibles a faltas del trabajador, como incumplimientos graves, negligencia o faltas de probidad.
  • Artículo 161: Despidos por necesidades de la empresa o desahucio.

Excepción: La Ley Bustos no se aplica en casos donde el contrato termine por renuncia voluntaria del trabajador o por mutuo acuerdo entre las partes.

 

5. ¿Qué hacer si fui despedido y mi empleador no pagó mis cotizaciones?

Si el empleador no ha acreditado el pago de las cotizaciones previsionales al momento del despido, el trabajador debe:

 

  • Presentar una denuncia en la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio del empleador.
  • Si la situación no se resuelve, puede demandar la nulidad del despido en los tribunales laborales.

 

 

6. Obligaciones del empleador ante la Ley Bustos

Cuando un empleador no ha pagado las cotizaciones previsionales al momento del despido, tiene la obligación de:

 

  • Seguir pagando el sueldo y demás prestaciones del trabajador hasta que regularice el pago de las cotizaciones adeudadas.
  • Incluir en la carta de despido la acreditación del pago de las cotizaciones.

Excepción: Si la deuda previsional es menor al 10% del total adeudado o inferior a dos UTM, y se salda en un plazo máximo de 15 días hábiles, el despido podrá considerarse válido.

 

7. ¿Puede el empleador anular el despido?

El empleador no puede anular el despido unilateralmente. Solo podrá revertirlo si ambas partes están de acuerdo en continuar la relación laboral y regularizar las cotizaciones pendientes.

 

De lo contrario, la relación contractual seguirá vigente en los mismos términos, y el empleador deberá cumplir con el pago de las cotizaciones adeudadas.