Modernización de la Dirección del Trabajo
La ley que consiste en una modernización y actualización de la Dirección del Trabajo tiene como finalidad ampliar las posibilidades de fiscalización de este organismo, tecnologiza sus procedimientos y fija una nueva planta funcionaria. Da prioridad al desempeño electrónico y digital de la entidad fiscalizadora, mediando cuando corresponda e interpretando de las normativas laborales. Asimismo, dar prioridad especial a las micro, pequeñas y medianas empresas, esta norma entro en total aplicación el 1 de octubre del 2021.
Cabe mencionar que la Dirección del Trabajo es el organismo responsable de que se apliquen todas y cada una de las leyes laborales vigentes, entre ellas las previsionales, de seguridad e higiene en los lugares de trabajo dentro del territorio nacional.
Con el objetivo de progresar en una monitoreo más moderno e idóneo a los problemas de hoy en día, se aprobó esta nueva normativa orientado a actualizar la Dirección del Trabajo y procurar proteger los derechos de los trabajadores de nuestro país.
En este artículo en qué consiste la ley 21.327 de modernización de la Dirección del Trabajo en Chile, cuáles son sus objetivos, principales ejes y fortalecimientos; entre otras cosas.
Principales ámbitos
En su ámbito operativo, la nueva norma legal define ocho ejes principales:
– La modernización de la gestión incorpora elementos tecnológicos, determinado que las comunicaciones con los trabajadores, empleadores y organizaciones sindicales, como las respectivas notificaciones y citaciones serán realizadas por correo electrónico, a excepción de aquellos casos en que un usuario, solicite expresamente, por alguna razón justificada, ser eximido de esta forma de interacción. Ahora bien, todos los usuarios tienen la posibilidad de llevar a cabo sus trámites, actuaciones, requerimientos y solicitudes por los canales digitales que dispone la Dirección del Trabajo, esto abarcar la tramitación y seguimiento de las denuncias, fiscalizaciones, solicitudes de pronunciamiento y consultas respecto de trámites o procesos en curso de los cuales sean parte.
– Registro Electrónico en el que todos los empleadores deben consignar en la página web de la DT los contratos de trabajo, también los términos de contrato y otros documentos laborales, con esto facilita la fiscalización y además puede contar con información en línea y actualizada acerca de las relaciones laborales. Así se tendrá toda la información de forma rápida y digital lo que es esencial para la creación de nuevas políticas públicas.
– Proceso de fiscalización para mayor certeza jurídica a trabajadores, sindicatos y empleadores, la reforma legal incluye premisas bases que encauzaran cada fiscalización. Por otro lado, en cuanto al cálculo de los montos de las sanciones aplicables, estas se clasificarán en leves, graves y gravísimas, considerándose para ello como parámetros la naturaleza del incumplimiento, la consideración de los derechos laborales, el número de trabajadores perjudicados y la comportamiento del empleador.
– Fortalecer la mediación para intensificar su objetivo de favorecer a conciliar posturas e impulsar el diálogo social entre trabajadores, sindicatos y empleadores, la legislación profundiza las normas conciliadoras del Código del Trabajo. Tales como, permitir a la Directora del Trabajo para reunir, excepcionalmente y con conceso de las partes, a un especialista experto externos que colaboren en el proceso de resolución de controversias y así ayudar en el debate. Estos asesores serán elegidos de un registro que elaborará la DT.
– Unidad de Apoyo al Emprendedor y diferenciación de multas entre micro y pequeñas empresas El nuevo departamento será la ventanilla única para recibir las consultas de las MIPYMES y orientarlas para que cumplan con la normativa laboral de manera oportuna y completa. Adicionalmente, el monto de las multas que la Dirección del Trabajo puede imponer entre las micro y pequeñas empresas variará, dadas sus distintas realidades, las cuales no estaban permitidas antes de esta ley.
– Solicitud de término de la calificación de único empleador que podrá solicitar ante el tribunal correspondiente la terminación de la condición de Multirut o de una empresa considerada como empleador único para efectos laborales y de seguridad social. Ello en la medida en que las circunstancias en que se justificó la sentencia hayan sido sustancialmente revisadas con posterioridad al anuncio judicial, y hayan transcurrido al menos dos años desde que la sentencia finalmente entró en vigor. Salvo que la solicitud se base en que una de las sociedades incluidas en la declaración haya cambiado de titular y no exista un responsable común entre ellas, en cuyo caso la solicitud podrá realizarse antes.
– La directora del Trabajo tiene la facultad de realizar una consulta de carácter público sobre instrucciones, pronunciamientos y otras normas de las puede realizar que debe brindar el servicio para el asesoramiento de los interesados. Cada vez que se haga -de acuerdo con los procedimientos elaborados y publicados por el DT- la consulta deberá ser enviada al Consejo Superior de Trabajo para que también se pronuncie sobre el asunto.
– En enero de cada año, el Director del Trabajo publica un resumen anual de las opiniones, generales, circulares y órdenes de servicio emitidas el año anterior en el sitio web de la agencia. El objetivo es acercar el DT a los ciudadanos, promover la comprensión de la normativa y hacerla más segura.
Es muy importante que como trabajador sepas que puedes realizar diversos tramites en la pagina de la Direccion del trabajo, como por ejemplo la Constancia laboral como trabajador dependiente que permite a los trabajadores dependientes dejar un registro laboral ante el organismo de hechos que pudieran dar lugar a despidos o sanciones al empleador: abuso, acoso laboral, incumplimiento de contrato, mala conducta, etc.
También se pueden realizar denuncias laborales, cuando el empleador incumplen cualquier tipo de norma laboral, esta es de carácter confidencial, y que puede generar una fiscalización al empleador.
Cabe agregar que, si has sido despedido y el ex empleador adeuda el pago de remuneraciones, cotizaciones, indemnizaciones y otros montos adeudados por el término del contrato laboral. Debe realizar lo más pronto posible un Reclamo Administrativo en la Inspección del Trabajo que corresponda al domicilio del ex empleador.
Si tienes alguna duda con respecto a que tramite debes realizar para solucionar cualquier dificultas con tu empleador o ex empleador, nos puedes contactar en nuestro WhatsApp +56 9 5035 3078, y en nuestras redes sociales, ten en cuenta que tenemos Abogados Laborales dispuestos a orientarte en diversas ciudades del País:
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