Hablemos de Accidentes de Trabajo en el Teletrabajo
En esta capsula hablamos con los amigos de Mundo Sindical de un tema muy preguntado a través de las RRSS: ¿Que pasa con los Accidentes del Trabajo en el Teletrabajo?
Lo primero que se debe exponer es que una cosa es el teletrabajo, en el que se realizan operaciones a través de medios electrónicos, y otra el trabajo a distancia en el que se realizan operaciones en un lugar diverso a las instalaciones de la empresa: “Esta distinción es importante, porque hay casos en que es más claro calificar un accidente como laboral como, por ejemplo, una costurera que se lesiona con la máquina de coser realizando sus labores en casa. Si el accidente se produce con ocasión del trabajo, aun cuando se realice en casa, es siempre un accidente laboral”.
De los preceptos citados se infiere, que las facultades del empleador, están limitadas por el respeto de las garantías constitucionales de los trabajadores, dentro de las cuales se encuentra la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada.
En este vídeo Defensa del Trabajo te explicamos algunos detalles, para ello, el Abogado Ricardo Donoso de Defensa del Trabajo nos explica los detalles y entrega algunos consejos y tips al respecto.
No lo olvides.
Tienes 60 días hábiles (incluye los sábados) contados desde la fecha del despido para demandar.
En este vídeo Defensa del Trabajo te entrega algunos tips respecto al plazo para demandar ante los tribunales laborales
Mucha atención, los trabajadores pueden demandar las prestaciones de origen laboral que se le adeuden y en caso de despido injustificado, las indemnizaciones propias de un finiquito. El Plazo para esto es de un máximo de 60 días hábiles contados desde la fecha del despido (no desde la fecha del finiquito).
¿Existen casos con más plazo?
Así es, este periodo se suspende mientras se tramita la etapa administrativa en la Inspección del Trabajo, nunca se pueden superar los 90 días corridos desde el despido, otro caso, es en caso de no pago de cotizaciones previsionales, para poder pedir la nulidad del despido, la Ley Bustos otorga al trabajador(a) un plazo de seis meses para reclamar la nulidad del despido ante los Tribunales del Trabajo.
En este orden de ideas, es muy común sentir que estamos siendo vulnerados de alguna forma y pensar que estamos siendo despedidos injustificadamente. Por lo que nuestros Abogados Laborales nos indican que tienes 60 días hábiles para interponer un reclamo ante la inspección del trabajo o demandar ante los tribunales del trabajo, preferiblemente asesorado por un Abogado Laboral de confianza, ya que, el trámite puede desembocar en una demanda laboral.
¿Necesitas de un Abogado Laboral? Asesórate con nosotros, somos Defensa del Trabajo, somos Abogados Laborales.
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“Si sientes que tus derechos como trabajador han sido vulnerados, no dudes en contactarte con Defensa del Trabajo, Abogados Laborales. Nuestro equipo de abogados está altamente capacitado para otorgarle una adecuada solución, representándolo ya sea en instancias judiciales o extrajudiciales, velando siempre por la protección de sus intereses”, siempre necesitas un Abogado Laboral.
Recuerde que, si usted es un trabajador, el juicio NO TIENE COSTO inicial para usted, puesto que nuestros honorarios dependen exclusivamente de si usted recibe su dinero, sólo costeando las costas del proceso en caso de ser necesario, te asesoramos en materias de despido injustificado y todas las materias laborales
En Defensa del Trabajo contamos con excelentes profesionales (Abogado Laboral) que están a tu disposición. Si tus derechos laborales no están siendo respetados, te invitamos a contactarnos para evaluar tu caso y brindarte la mejor solución, ¿quieres saber más?
- ¿Qué es la nulidad del despido?
- ¿Qué es el Despido Injustificado?
- ¿Qué es el autodespido?
- ¿Qué es un accidente laboral?
- ¿Qué hacer en caso de Acoso sexual?
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