Puede que más de alguna vez hayas debido trabajar horas extras, para terminar algo que te quedó pendiente o simplemente porque el jefe te lo “pidió”.
Ahora bien, trabajar horas extras se encuentra permitido por el Código del Trabajo. Sin embargo, se deben cumplir algunas normas para que sea legal. A continuación, te explicamos algunos detalles que debes saber en cuanto a este tema.
En primer lugar, es importante que sepas que la ley en nuestro país permite trabajar, como máximo, 45 horas semanales -SIN contar horas extra-, pero durante un día nadie puede laborar más de 10 horas en total, aunque sea en turnos y no seguidas.
Pese a lo dicho, existen algunas excepciones a esta norma. Hay trabajadores que NO tienen limitación de horas semanales. Éstos son, según nuestra legislación, quienes presten servicios a distintos empleadores; los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración, y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata; los contratados para prestar servicios en su propio hogar o en un lugar libremente elegido por ellos; los agentes comisionistas y de seguros, vendedores viajantes, cobradores y demás similares que no ejerzan sus funciones en el local del establecimiento.
Pero ¿qué son las horas extra?
Las horas extras o extraordinarias, según el artículo 30 del Código del Trabajo, son aquellas que exceden el pactado en el contrato, ya sea el máximo legal de 45 o algún otro máximo pactado con el empleador en el contrato.
Se puede pactar con el empleador la realización de horas extras “para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa. Dichos pactos deberán constar por escrito y tener una vigencia transitoria no superior a tres meses, pudiendo renovarse por acuerdo de las partes”, señala el artículo 32 del Código del Trabajo. Indicando posteriormente que, aunque no se hayan pacatado por escrito, igual se considerarán extras las horas que se trabajen en exceso de la jornada pactada, con conocimiento del empleador.
¿Cuántas horas extra permite nuestra legislación?
Según el artículo 31 del código ya mencionado, no se pueden realizar más de 2 horas extras por día, pero es importante señalar que no se considera en este máximo el tiempo que se deba trabajar en compensación de un permiso, ya que legalmente dichas horas NO son extraordinarias, “siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por el trabajador y autorizada por el empleador”.
Sumado a lo anterior, es menester indicar que, para determinar la cantidad de horas extras realizadas por cada funcionario, el empleador debe llevar un registro para controlar la asistencia, el que puede ser un libro o un reloj con tarjetas.
¿Cuánto deben pagarte por cada hora extra?
Según nuestro Código del Trabajo, cada hora extra vale un 50% más que la hora “normal” que trabajas durante tu jornada laboral habitual, pero si entre tu y tu empleador han pactado un valor mayor, dicho monto pactado es válido.
¿Cómo calcular el valor de cada hora extra?
Para determinar el monto exacto que debieses recibir por cada hora extra, debes calcular cuánto te pagan por cada hora ordinaria y aumentar a dicho monto un 50% o el porcentaje superior que hayas acordado con tu jefe.
La Dirección del Trabajo explica paso a paso cómo calcular cuánto vale cada hora ordinaria y extraordinaria que realizas, según la forma en que eres remunerado, o sea, si recibes un sueldo mensual, semanal, etc.
A continuación, te dejamos el listado de enlaces al portal de la Dirección del Trabajo al respecto, para que puedas realizar dichos cálculos de acuerdo a tu situación específica:
- Si recibes sueldo mensual.
- Si recibes sueldo semanal.
- Si recibes sueldo por día en semana laboral de 6 días.
- Si recibes sueldo por día en semana laboral de 5 días.
- Si recibes sueldo por hora.
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